El
congregacionalismo es el rasgo distintivo de iglesias de raigambre confesional
centrada en la autoridad de la comunidad eclesiástica que identifica como
miembros a las personas que establecen relaciones sociales, culturales y
espirituales en la experiencia de adoración a Dios de manera regular en un lugar
determinado (templo). Los parámetros del reconocimiento de esta membresía son
variadas y depende de los documentos normativos[1]
de cada congregación. Las iglesias congregacionales reconocen el sacerdocio de
todos los creyentes (1 Pedro 2:4-5), su autodeterminación desde
un liderazgo de iguales, es decir; la iglesia local
pensada en comunidad como la máxima autoridad del quehacer misional y
evangelizador, no como administradora de bienes y propiedades desde una noción
material o como administradora de lo que se debe o no predicar de parte del
pastor, sino como planificadora de las líneas de trabajo pastoral que suele y
debe impulsar el pastor principal[2]
de la iglesia local.
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De propietarios a miembros, el congregacionalismo bien comprendido
Temas: Congregacionalismo, Iglesias Confesionales, Iglesias Evangélicas, Ronald Rivadeneira
Por Ronal Rivadeneira, Ecuador
en
23 oct 2018
a las
1:10 p. m.
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